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En Argentina, la administración tributaria podría embargar criptomonedas de las billeteras virtuales

Si la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) tiene alcance a la información de billeteras virtuales, también puede trabar embargos sobre las tenencias digitales.

Laura Massina por Laura Massina
febrero 11, 2022
en Actualidad
Tiempo de lectura: 5 mins lectura
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En Argentina, la administración tributaria podría embargar criptomonedas de las billeteras virtuales
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En Noviembre del 2021, el gobierno argentino decretó aplicar impuesto al cheque a las operaciones con criptomonedas y en Diciembre, una Fundación accionó contra el Poder Ejecutivo por «inconstitucionalidad» respecto a esa medida.

Ahora la AFIP ( Administración Federal de Ingreso Públicos) pretende adaptarse a los avances de la tecnología blockchain para obtener información sobre la tenencia de criptomonedas y poder incluir esos bienes en la situación tributaria.

La AFIP solicitará a la justicia embargar criptomonedas

El pasado martes, se supo que la Fundación de Investigaciones para el desarrollo de la Nación (FIDE) presidida por Mercedes Marcó del Pont, solicitará a la Justicia que trabe embargos sobre las billeteras virtuales de cuentas pertenecientes a contribuyentes que le están debiendo dinero al Estado. Podría tratarse de embargar billeteras como las de Mercado Pago y Ualá siempre y cuando la empresa esté alcanzada por el régimen de información yse duda que la medida pueda abarcar a los exchange de criptomonedas.

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Actualmente Argentina y México son los países líderes en adopción de criptomonedas en Latinoamérica, lo que no se le pasa por alto a la AFIP, teniendo en cuenta que Argentina ocupa el puesto número 14 de entre 27 países del mundo. Además, el 66.8 % de los usuarios argentinos de criptomonedas tienen entre 18 y 34 años, los de 35 a 54 años tienden menos a adoptar monedas virtuales y representan el 19.3 %, mientras que los mayores de 55 años ocupan el último lugar con un 13.9%.

También te puede interesar: En Argentina, Lemon Cash es suceso. Con una tarjeta prepaga Visa puedes pagar con tu fondo en criptomonedas.

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Fuentes oficiales explicaron a un medio argentino que a la hora de trabar un embargo contra un contribuyente, la ubicación de los fondos del moroso no es relevante y sostienen que si la compañía esté alcanzada por el régimen de información, se puede avanzar en ese sentido.

César Litvin (socio de Lisicki, Litvin & Asociados) explicó:

“Para fiscalizar y recaudar, la AFIP se nutre de información. Por eso establece regímenes informativos para ir teniendo una base de datos de la intimidad de cada contribuyente, cotejar si declara todo o, si no paga, para embargar. Se ven obligadas todas las billeteras virtuales a informar los titulares de cuentas, incluso las exchange que operan en la Argentina. Con lo cual, toda la información y trazabilidad de lo que se tenga en la Argentina, tanto en dinero como monedas digitales, la AFIP puede acceder para controlar, embargar y ejecutar”

César Litvin

La AFIP se ampara en la Resolución General 4614/2019 que establece que en el régimen de información, si el usuario cuenta con montos expresados en moneda digital o criptomoneda deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización.

Por su parte, Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios dijo:

“Como contribuyente, uno puede tener fondos en criptomonedas en un determinado exchange o empresa situada en la Argentina. En ese caso, la AFIP también puede pedir la traba de medidas cautelares sobre estos activos digitales. Por eso, muchos contribuyentes empezaron a pasar sus fondos a otros exchange del exterior, como Binance, donde el fisco no puede mandar un oficio para trabar esas criptomonedas”

Sebastián Domínguez

Fuentes oficiales dijeron que, Mercedes Marcó del Pont ya identificó un universo de 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la Justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales. Con ésto, el organismo pretende poder cobrar unos $24.000 millones en impuestos adeudados por esos contribuyentes.

Hasta ahora, los embargos se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros, pero ahora la AFIP piensa incluir las billeteras con criptomonedas. Para que la administración tributaria pueda embargar los saldos de las billeteras digitales primero tienen que pasar por un proceso judicial, iniciar un juicio de ejecución fiscal y pedirle al juez que autorice la medida cautelar para trabar estas cuentas.

Según Dominguez “No es algo que no se hiciera antes, pero empezó a cobrar relevancia ahora porque volvieron los juicios de ejecución fiscal”

Existe el ejemplo de Lemon Cash en Argentina, un exchange que unifica dos mundos y con su tarjeta Visa ya tiene más volumen de transacciones que Tarjeta Naranja X, una conocida tarjeta prepaga en el país.

Desde Lemon Cash explicaron que toda su operatoria en pesos está sujeta a la normativa vigente de la Argentina, en cambio, las operaciones con criptomonedas tienen la custodia en El Salvador, por lo que la medida no podría alcanzar a los activos digitales y dijeron:

“Todavía no recibimos ningún pedido de la AFIP, pero según la información que circuló, esta medida afectaría a muy pocos usuarios”, remarcó la compañía, y enfatizó en el uso de herramientas de evaluación de riesgo y compliance para prevenir fraudes y comportamientos ilícitos.

La AFIP anunció a fines de enero que retomó los procesos de ejecuciones fiscales y posteriores embargos de forma gradual y que en una primera instancia avanzará contra los contribuyentes que acumulan las deudas impagas más elevadas.

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