Calculadora de impuestos de criptomonedas en España
La ganancia al vender, cambiar o gastar criptomonedas tributa en la base del ahorro del IRPF, entre el 19 % y el 30 %. Se calcula con el método FIFO y las pérdidas se pueden compensar. Tenerlas sin venderlas no tributa en el IRPF.
Ejemplo precargado: cámbialo por tus cifras. Una permuta cripto-cripto cuenta como venta: pon el valor en euros de lo que recibiste.
Añade tus compras en orden cronológico. Hacienda considera vendidas primero las más antiguas.
Ajustes opcionales (afinan el tramo)
Estimación para residentes en territorio común. País Vasco y Navarra aplican su propia normativa.
Cuánto se paga: tramos del IRPF 2025 y 2026
Las ganancias con criptomonedas se suman al resto de rentas del ahorro del año y tributan por esta escala. Es progresiva por tramos: cada porcentaje se aplica solo a la parte de la ganancia que cae dentro de su tramo, no a toda.
| Base del ahorro | Tipo |
|---|---|
| De 0 € a 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Ejemplo: con una ganancia de 50.000 € y ninguna otra renta del ahorro, pagarías 10.380 €, un 20,8 % efectivo, no el 21 % sobre todo.
Qué operaciones con criptomonedas tributan
| Operación | ¿Tributa? | Cómo |
|---|---|---|
| Comprar con euros y mantener | No | No hay ganancia hasta que vendes o cambias. |
| Mover entre tus propias wallets | No | No cambia el titular: no hay alteración patrimonial. |
| Vender por euros u otra moneda | Sí | Ganancia o pérdida patrimonial, base del ahorro. |
| Cambiar una cripto por otra (incluidas stablecoins) | Sí | Permuta: ganancia o pérdida, base del ahorro (DGT V0999-18). |
| Pagar un bien o servicio con cripto | Sí | Ganancia o pérdida por la diferencia con lo que te costó. |
| Recompensas de staking | Sí | Rendimiento del capital mobiliario, base del ahorro (DGT V1766-22 y V0612-26). |
| Airdrops recibidos | Sí | Según la DGT, ganancia patrimonial que no deriva de una venta: base general. |
| Minería | Sí | Según la DGT, actividad económica: base general. |
El método FIFO: qué criptomonedas vendes primero
Hacienda aplica el criterio FIFO (first in, first out): las primeras unidades que compraste de una criptomoneda son las primeras que se consideran vendidas. No puedes elegir la compra que más te convenga (consultas de la DGT V0975-22 y V2520-22).
Ejemplo: compras 1 BTC a 20.000 € y más tarde otro a 60.000 €. Si vendes 1 BTC por 70.000 €, se entiende que vendes el primero: la ganancia es de 50.000 €, no de 10.000 €. Puedes comprobarlo con la pestaña «Varias compras» de la calculadora.
Cómo compensar pérdidas de criptomonedas
- Con otras ganancias patrimoniales del mismo año (acciones, fondos, otras criptos): sin límite.
- Con intereses y dividendos (rendimientos del capital mobiliario): hasta el 25 % de su saldo positivo.
- Lo que sobre se compensa en los 4 años siguientes, en el mismo orden.
Por eso conviene declarar las pérdidas aunque ese año no haya nada que pagar: si no las declaras, no podrás usarlas después.
Modelo 721: criptomonedas en exchanges extranjeros
Es una declaración informativa (no se paga nada con ella). La presentan los residentes fiscales en España con criptomonedas custodiadas por plataformas situadas en el extranjero cuyo valor conjunto supere 50.000 € a 31 de diciembre.
- Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
- Años siguientes: solo hay que volver a presentarla si el valor aumenta más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada.
- Autocustodia: las criptomonedas en tu propia wallet, de la que solo tú tienes las claves, no entran en el 721.
Aparte, las criptomonedas computan en el Impuesto sobre el Patrimonio por su valor a 31 de diciembre. Solo pagan quienes superan el mínimo exento: 700.000 € con carácter general, aunque cada comunidad autónoma puede modificarlo.
Qué sabe Hacienda de tus criptomonedas
Los proveedores de servicios con sede en España ya informan cada año a la Agencia Tributaria de los saldos y las operaciones de sus clientes. Desde el 1 de enero de 2026, la directiva europea DAC8 obliga a hacer lo mismo a los proveedores del resto de la Unión Europea, y Hacienda recibe esa información para cruzarla con tu declaración.
Calendario fiscal cripto
- 1 de enero – 31 de marzo: modelo 721 (saldos a 31 de diciembre del año anterior).
- Abril – finales de junio: declaración de la Renta (IRPF) y, si te corresponde, el Impuesto sobre el Patrimonio.
- 31 de diciembre: fecha de valoración de tus saldos para el 721 y el Patrimonio.
Preguntas frecuentes sobre los impuestos de criptomonedas
¿Cuánto se paga a Hacienda por ganar dinero con criptomonedas?
La ganancia tributa en la base del ahorro del IRPF por tramos: el 19 % hasta 6.000 €, y sube hasta el 30 % a partir de 300.000 €. Cada tramo solo se aplica a la parte de la ganancia que cae dentro de él.
¿Hay que declarar las criptomonedas si no las he vendido?
En el IRPF, no: comprar y mantener no genera ganancia. Pero si las tienes en plataformas extranjeras y valen más de 50.000 € a 31 de diciembre, debes presentar el modelo 721, y cuentan para el Impuesto sobre el Patrimonio si lo superas.
¿Tributa cambiar una criptomoneda por otra?
Sí. Hacienda trata la permuta entre criptomonedas como una venta seguida de una compra, así que genera una ganancia o pérdida aunque no pases por euros (consulta de la DGT V0999-18). También cuenta cambiar a una stablecoin como USDT o USDC.
¿Cómo tributa el staking?
Según la Dirección General de Tributos, las recompensas de staking son rendimientos del capital mobiliario y van a la base del ahorro, por su valor de mercado cuando las recibes (consultas V1766-22 y V0612-26).
¿Qué pasa si he perdido dinero con criptomonedas?
Las pérdidas se compensan sin límite con otras ganancias patrimoniales del mismo año, hasta un 25 % con intereses y dividendos, y lo que sobre se arrastra a los 4 años siguientes. Por eso conviene declararlas aunque no haya que pagar nada.
¿Qué método se usa para calcular la ganancia?
El FIFO: las primeras criptomonedas que compraste son las primeras que se consideran vendidas. No puedes elegir qué compra vendes (consultas V0975-22 y V2520-22).
¿Sabe Hacienda que tengo criptomonedas?
Cada vez más. Los proveedores con sede en España ya informan de los saldos y operaciones de sus clientes, y desde 2026 la directiva europea DAC8 obliga a hacer lo mismo a los del resto de la Unión Europea.
Fuentes
- Agencia Tributaria: integración y compensación de rentas en la base del ahorro
- Agencia Tributaria: modelo 721, declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero
- Dirección General de Tributos: buscador de consultas vinculantes (V0999-18, V0975-22, V2520-22, V1766-22, V0612-26)
Esta calculadora y esta guía son orientativas y no sustituyen el asesoramiento de un profesional fiscal. La normativa puede cambiar: los tramos se revisan cada año.
